Calcula cuánto bajan sanciones e intereses con los alivios por el sismo del 10 de agosto. El orden es siempre el mismo: primero la reducción del artículo 640 del Estatuto Tributario, después el 15 % y la tasa del 4,5 % del decreto.
La DIAN aclaró en el Comunicado de Prensa 122 del 19 de septiembre de 2026 que la reducción de sanciones e intereses (arts. 9 y 10) y la conciliación (art. 11) aplican en todo el territorio nacional. Solo las facilidades de pago abreviadas y las reprogramaciones del Capítulo II (arts. 5 a 7) exigen domicilio fiscal en la zona afectada.
Sanción por extemporaneidad (arts. 641 y 642 ET) → art. 640 ET → 15 % del Decreto 1419. Intereses al 4,5 % anual.
Sanción por corrección (art. 644 ET) → art. 640 ET → 15 % del Decreto 1419. Con el decreto no se liquidan intereses moratorios.
Pago del 100 % del impuesto, intereses al 4,5 % y 15 % de sanciones y su actualización (art. 9). Piso: sanción mínima del año en que se liquidó.
Sanción según su norma (p. ej. art. 651 exógena) → art. 640 ET → 15 % del Decreto 1419, cumpliendo la obligación a más tardar el 19 de noviembre.
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| Tipo | Referencia | Impuesto | Sanción | Intereses | Total con decreto | Total sin decreto | Ahorro | |
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Intereses ordinarios: interés simple diario, capital × tasa del mes (usura consumo − 2 puntos, art. 635 ET) × días ÷ 365. Tabla mensual cargada (tasa moratoria DIAN, % E.A.):
Es un decreto legislativo de emergencia sujeto a control automático de la Corte Constitucional. Esta herramienta es de apoyo; valida cada caso contra la norma y los soportes.